¿Esta subvención es para ti?

Te resumimos la normativa y aclaramos tus dudas. Queremos ayudar a la mayor cantidad de negocios locales del distrito de Hortaleza. Desde Familytribu queremos apoyar nuestros ecosistemas de barrios.

Tanto pequeñas empresa, microempresas y trabajadores en situación de autoempleo pueden optar a las subvenciones del KIT Digital. Tal y como marca la normativa establecida en el BOE para el KIT Digital,

- Ser autónomo (situación de autoempleo), microempresa (de 1 a 9 trabajadores) o pequeña empresa (de 10 a 49 trabajadores) - Estar registrado en Acelerapyme para la solicitud de la ayuda. - Hacer el test de digitalización que se encuentra en la web kit digital, de Acelera Pyme. - El importe máximo para subvencionar será de de 12.000 para empresas que tienen de 10 a 49 trabajadores (Segmento I), 6.000€ para empresas que tienen de 3 a 9 trabajadores (Segmento II) y de 2.000€ para empresas que tienen de 0 a 2 trabajadores (Segmento III). - No tener deudas con la Seguridad Social. - No tener deudas con la Agencia Tributaria (Hacienda). - La empresa debe estar inscrita correctamente ante la Agencia Tributaria (AEAT) y Seguridad Social. - La entidad solicitante de las ayudas, no debe estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la C.E (Comisión Europea). - No debe incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el articulo 13.2 de la ley 38/2003 del 17 de noviembre (Ley General de Subvenciones). - No se debe haber haber superado el límite de ayudas minimis.

Tú decides qué solución necesita tu empresa (de las 12 categorías descritas más arriba) y tú eliges qué comprar. Debes tener en cuenta que sea una nueva solución para ti, que no la tengas ya implantada y que la suma de los importes de esas soluciones no sobrepase el total del importe que subvenciones a tu segmento de negocio (ver tabla de más abajo)

Para conseguir el Bono digital tendrás que registrarte en la página web de Acelera Pyme, hacer el "test básico de diagnóstico digital" (Si quieres, te ayudamos a realizarlo fácilmente) . Al rellenar nuestro formulario, el agente digitalizador se encarga de facilitar todas tus gestiones de solicitud del Bono digital. Controlaremos la gestión de todos los trámites de tu solicitud de la ayuda: el agente digitalizador será el Representante voluntario frente a la Administración para todas las gestiones hasta que obtengas tu Bono digital. todas las comunicaciones de la administración llegarán a ti para que verifiques que todo funciona correctamente en tu negocio, antes del pago efectivo.

Tu negocio sólo tendrá que pagar el IVA una vez el proveedor de la solución (el Agente Digitalizador) la haya implantado en tu empresa, y como máximo a los 3 meses desde que compres la solución. En esta factura, el Agente Digitalizador incluirá el IVA correspondiente al coste de implantación más el IVA correspondiente a la prestación del servicio durante los 12 meses de mantenimiento de la solución, contados desde la emisión de la factura.

Después de hechos todos los trámites de solicitud de tu Bono Digital, se espera que en 15 días recibas tu Bono Digital por parte de la administración, para empezar a utilizarlo. No recibirás ningún importe de dinero. Tú “pagarás” al agente digitalizador con el Bono digital que ya tendrás, y en el Acuerdo que firméis entre ambos para la compra de la solución, le cederás el derecho de cobro del Bono digital, por lo que tú te olvidas y es el Agente Digitalizador quien hace las gestiones con la Administración y recibe directamente el desembolso de la ayuda efectiva. Familytribu estará a tu lado para cualquier duda.

Cuando recibas el Bono Digital, tendrás 6 meses de validez para que compres la solución digital que quieras. Llámanos y te ayudamos. con todo. Una vez comprada la solución, el Agente Digitalizador que hayas escogido tendrá 3 meses como máximo para implantar la solución y a partir de la implantación te dará 12 meses de prestación de servicio. A los 12 meses de servicio que cubre la ayuda oficial, ya no tendrás posibilidad de que la ayuda se amplíe o solicitarla otra. Debes tener en cuenta que si quieres continuar con el servicio que te preste el Agente Digitalizador deberás acordarlo con él y asumir el nuevo coste del servicio. Puede que haya agentes digitalizadores que soliciten servicios de permanencia de duración superior al tiempo de la ayuda oficial. Nosotros podemos revisar tus elecciones y aconsejarte antes de cerrar acuerdos.

El pasado 30 de diciembre de 2021 se publicaron las bases en el Boletín Oficial del Estado para las ayudas en procesos de digitalización para autónomos, microempresas y pequeñas empresas. Estás ayudas conocidas como “Kit Digital” se publican y gestionan a través de los organismos Acelerapyme y Red.es.

Aquí te dejamos los sitios oficiales con toda la información: - Web del Kit Digital: https://www.acelerapyme.gob.es/kit-digital - Acceso al BOE oficial: https://acelerapyme.es/sites/acelerapyme/files/2021-12/BOE-A-2021-21873.pdf